
Un juzgado de Monte Caseros ordenó resarcir económicamente a una mujer y a su hijo por las secuelas psicológicas del maltrato.
Un juzgado de Monte Caseros ordenó resarcir económicamente a una mujer y a su hijo por las secuelas psicológicas del maltrato.
En una sentencia dictada en Monte Caseros, Corrientes, el titular del Juzgado Civil y Comercial con competencia en Familia, Niñez y Adolescencia, Vicente Humberto Brites, hizo lugar parcialmente a una demanda civil por violencia familiar.
Pasko y Ayala enfrentan pedidos de 16 años de cárcel en la causa de facturas truchas
El fallo obliga al demandado a pagar una indemnización de $ 3.024.000 para reparar el daño moral y psicológico ocasionado a su exesposa y a su hijo menor de edad.
El impacto invisible del maltrato
La demanda por daños y perjuicios se inició en junio de 2025 luego de que una resolución judicial previa dictaminara la existencia de violencia física, psicológica y emocional ejercida por el acusado hacia su grupo familiar durante la convivencia.
Aunque el hombre intentó justificar su accionar e impugnar los rubros solicitados, el magistrado determinó que la agresión constituía la causa generadora de un daño extracontractual directo.
El fallo resalta que, a diferencia de los perjuicios de índole patrimonial —como el lucro cesante y la pérdida de chance, que fueron rechazados por falta de pruebas concretas—, el daño moral en contextos de violencia de género no requiere de una demostración económica estricta, ya que se acredita con el mero menoscabo espiritual de las víctimas.
Juan Bautista Mahiques en Corrientes: “Con este ritmo acomodaremos la crisis en la justicia”
A raíz de esta situación de extrema vulnerabilidad, la justicia también resolvió imponer las costas del proceso en su totalidad al demandado, fundamentándose en los principios de gratuidad amparados por convenciones internacionales como Belém do Pará y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) para evitar que el acceso a la justicia signifique un perjuicio económico adicional para la víctima.
Terapia como medida de reparación
El aspecto más destacado e innovador del pronunciamiento judicial radica en la fórmula aplicada para calcular la indemnización. Al no existir una cuantificación exacta solicitada en la demanda para el daño moral, el juez Brites recurrió a la doctrina de los "Placeres Compensatorios o Satisfacciones Sustitutivas".
Megaoperativo narco: detuvieron a los hijos de “El Gusano” Menocchio y allanaron gimnasios en Chaco
Este método busca brindar a las víctimas bienes o servicios que compensen el sufrimiento padecido. Así, el magistrado tomó como referencia el costo real de las sesiones de psicoterapia que tanto la madre como su hijo realizan de forma quincenal para sanar las secuelas de la violencia desde que se separaron en mayo de 2024.
Multiplicando el valor del arancel sugerido para la consulta por las dos personas a lo largo de los 21 meses transcurridos hasta la sentencia, se arribó a la cifra definitiva de $ 3.024.000. Dicho monto devengará una tasa de interés activa retroactiva a la fecha de la denuncia original, garantizando una reparación que prioriza la salud mental y la dignidad humana.
Apartaron a un sargento de la Policía de Corrientes tras intentar estrangular a su expareja
Jorge Asís: "Casi amigos, Brito y Hadad estudian competir por la sortija"
Sáenz: "Con el equilibrio fiscal no se come, no se cura, no se educa ni se hacen rutas"
Bullrich tendría un partido con Valdés por si decide romper con Milei
Juzgado Civil Y Comercial
Pichetto: "Estoy convencido de que puede haber un triunfo del peronismo en primera vuelta"
Qué es el fenómeno de activación dinámica que puede “encender” la falla de San Andrés a miles de kilómetros
Comienza el traslado de la cárcel de Devoto a Marcos Paz: el plan para cerrar el histórico penal y su impacto en el barrio
La falla de San Andrés alcanza su mayor tensión en 1.000 años y reaviva la alarma mundial por el 'Big One'