
Por unanimidad, la Sala III dejó sin efecto el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo en Palermo.
Viernes 25 de Septiembre de 2026 - Actualizada a las: 18:12hs. del 25-09-2026
La Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires revocó la resolución emitida por la jueza Laura Beatriz De Marinis, que había declarado la inconstitucionalidad de la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años.
Con los votos de los camaristas Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca, el tribunal anuló el sobreseimiento concedido a un menor de edad, ordenó continuar la investigación bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil y dispuso el apartamiento de la jueza.
En el voto del juez Ignacio Mahiques, al que adhirió la camarista Patricia Larocca, la Cámara remarcó que la declaración de inconstitucionalidad representa una herramienta excepcional de última ratio.
El fallo concluyó que la jueza cuestionó una opción de política criminal adoptada por el Congreso Nacional sin fundamentar concretamente de qué manera el piso de 14 años colisiona con la Constitución Nacional o con convenios internacionales de derechos humanos.
Respecto de las normativas internacionales, el pronunciamiento analizó las pautas de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Observación General N° 24 del Comité de la ONU.
Al respecto, sostuvo que la Convención exige fijar una edad mínima de punibilidad pero no determina una cifra rígida, mientras que la Observación General N° 24 reconoce los 14 años como un estándar mínimo aceptable. Los camaristas concluyeron que dichas pautas funcionan como guías de interpretación y no constituyen una prohibición legal para modificar el marco normativo interno.
Asimismo, el tribunal desestimó que circunstancias particulares autoricen a dejar sin efecto una norma general aprobada por el Poder Legislativo.