
El máximo tribunal rechazó un recurso del cirujano, que en principio había sido condenado por lesiones graves y absuelto por estafa.
El máximo tribunal rechazó un recurso del cirujano, que en principio había sido condenado por lesiones graves y absuelto por estafa.
La decisión se conoció este jueves, luego de que el máximo tribunal declarara inadmisible el recurso extraordinario presentado por la defensa del médico, cuya denegación había dado origen a una queja ante la Corte.
De esta manera, los jueces desestimaron la presentación de Lotocki y dejaron firme la sentencia dictada en su contra por las lesiones provocadas a las cuatro mujeres que se sometieron a intervenciones estéticas.
En la resolución, los magistrados señalaron: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".
Además, ordenaron que la defensa del cirujano efectúe, dentro de los cinco días posteriores a la notificación, el depósito previsto en el artículo 286 del mismo código, bajo apercibimiento de ejecución.
Qué dice el fallo de la Corte Suprema sobre Aníbal Lotocki
La resolución lleva fecha del 29 de octubre de 2026 y corresponde al expediente "Lotocki, Aníbal Rubén y otros s/ incidente de recurso extraordinario".
En su voto, el juez Ricardo Lorenzetti hizo una aclaración sobre el alcance de la decisión del máximo tribunal.
El magistrado recordó que rechazar un recurso extraordinario mediante la aplicación del artículo 280 no significa que la Corte avale los fundamentos de la sentencia anterior.
En ese sentido, citó un precedente judicial que establece que la desestimación de un recurso por esa vía "no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida".
Es decir, la Corte no realizó una nueva evaluación sobre los hechos que se le atribuyeron al cirujano, sino que consideró inadmisible el recurso presentado por su defensa. Como consecuencia, la condena quedó firme.
La presentación había sido realizada por Lotocki con la asistencia de sus abogados Claudio Adrián Lifschitz, Christian Andrés Pérez Sasso y José Luis Mariani.
Antes de llegar al máximo tribunal, el expediente había pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.º 28 y distintas salas de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
La condena a Aníbal Lotocki por las lesiones a Silvina Luna
El cirujano había sido condenado inicialmente a cuatro años de prisión por las lesiones graves provocadas a Silvina Luna y otras tres mujeres que se sometieron a procedimientos estéticos. En ese primer fallo, había sido absuelto de la acusación por estafa.
Posteriormente, la Justicia elevó la pena a ocho años de prisión, una decisión que su defensa intentó revertir mediante distintas presentaciones judiciales.
El caso adquirió una enorme repercusión pública por las graves consecuencias que sufrió Silvina Luna después de someterse a una intervención estética con Lotocki.
La modelo atravesó durante años serios problemas de salud, entre ellos una insuficiencia renal que la obligó a realizarse tratamientos de diálisis.
Luna murió el 31 de agosto de 2023, a los 43 años, después de permanecer internada durante casi tres meses en el Hospital Italiano de Buenos Aires.
La condena que ahora quedó firme corresponde a la causa por lesiones, y no constituye una sentencia por la muerte de la modelo, cuya investigación judicial es independiente.