
El abogado constitucionalista Félix Lonigro consideró que el pedido elevado al Comité de Derechos Humanos del organismo no prosperará y solo busca reposicionar mediáticamente a la expresidenta. Recordó que no existe instancia internacional capaz de revocar el fallo firme de la Corte Suprema.
En declaraciones a Radio Sudamericana, el abogado constitucionalista Félix Lonigro analizó el recurso presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El planteo de los letrados busca suspender la inhabilitación para ejercer cargos públicos, revisar las condiciones de su prisión domiciliaria y cuestionar la integración de la Corte Suprema. Sin embargo, Lonigro desestimó la efectividad de la presentación y sostuvo que la medida carece de una estrategia técnica sólida.
Para el jurista, la iniciativa responde únicamente a una maniobra discursiva destinada a intervenir en la coyuntura del país. "Mi análisis jurídico me dice que esto no prospera, y después de escuchar los argumentos de los abogados menos todavía porque no tiene una estrategia jurídica sólida. Es una aventura jurídica disfrazada que tiene por objetivo político resucitar política a Cristina Fernández porque está presa y buscan ponerla en el centro de la escena política", afirmó.
En relación con el alcance institucional del organismo internacional convocado, el especialista precisó que sus facultades son estrictamente recomendatorias y no soberanas sobre la Justicia argentina. "Cristina tiene una condena firme, la Corte Suprema la confirmó. Lo que le quedaba a los abogados es apelar ante las Naciones Unidas, que tienen un comité de expertos donde emiten observaciones y punto. ¿Pueden constituir una revocatoria de una sentencia? De ninguna manera, no hay un tribunal de última instancia sobre la Corte ni nacional ni internacional, digan lo que digan no pueden obligar a revocar la sentencia", remarcó.
Asimismo, Lonigro fundamentó la validez del fallo dictado en el país al señalar que "la inhabilitación especial es perpetua y está prevista en el Código Penal a todos los presos que tienen más de tres años de prisión; la inhabilitación especial se la impone cuando el condenado utiliza su cargo para cometer el crimen". A su vez, explicó que los organismos internacionales fueron concebidos para situaciones de persecución o desprotección estatal, escenario que descartó en este proceso. "Sinceramente esto terminará en la nada, pero el objetivo no es tener éxito sino intentarlo, mover el avispero internacional y ponerse en el centro de la escena porque los abogados no tienen argumentos válidos para invocar lo que buscan", concluyó.