
La Ley Penal Juvenil recientemente sancionada sigue generando muchas discusiones que reflejan diferencias que existen y que no terminan con la sanción de la ley; al contrario, avanzan porque los a favor y en contra acumulan acuerdos y disidencias, pero se radicalizan en sus…
La Ley Penal Juvenil recientemente sancionada sigue generando muchas discusiones que reflejan diferencias que existen y que no terminan con la sanción de la ley; al contrario, avanzan porque los a favor y en contra acumulan acuerdos y disidencias, pero se radicalizan en sus posiciones, dificultando encontrar un acuerdo. Esto pasó también en el Congreso, ya que cuando se discutió la ley, los de uno y otro lado, eran bastante parejos en número. Si bien se aprobó la ley, no fue con una diferencia tan clara.
Esta sanción es una deuda que el Estado argentino tenía desde que se ratificó la Convención de los Derechos de los Niños y en base a esta se sancionó la ley 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, en septiembre del 2005. Existen algunos antecedentes muy difundidos de casos de adolescentes, como la desaparición y muerte del grupito de niños que en septiembre de 1976, conocida como La Noche de los Lápices. Estos seis niños, aun desaparecidos, constituyen un antecedente muy grave de penalización extrema que es denostado por un grupo importante de la sociedad, pero que otro grupo menor valora, junto a las violaciones a los derechos humanos, y que culminaron con la tortura y asesinato durante la última dictadura militar. Existen otros casos, que si bien son pocos en términos cuantitativos, son muy impactantes, que quedan en la opinión pública como antecedentes de impunidad que deben ser penalizados.
Argentina se caracteriza por tener niveles altos de penalización para los delitos de la población adulta, pero no hay evidencia que los disminuyan. A nivel juvenil es uno de los pocos países que permite la cadena perpetua para niñas, niños y adolescentes. Esto es algo que la nueva ley corrige ya que limita la pena máxima en casos de delitos graves a 15 años, planteando otras penas alternativas de gradiente creciente en gravedad que se incluyen. La nueva ley reconoce que la penalización debe ser una forma de socialización y reconversión que permita a quienes cometen delitos superarlos y no reincidir. Por eso es más adecuada a lo que establece la Convención de los Derechos de los Niños. La ley también asigna un porcentaje que se incorporara en el presupuesto 2027, que dota de recursos para mejorar la estructura edilicia y el funcionamiento de estos lugares de reclusión infantil. Lamentablemente, este presupuesto recién se empezará a ejecutar en el 2027; mientras tanto, desde que se aprobó la nueva ley y dio un plazo de 180 días para adecuar y mejorar estos espacios, poco o nada se hizo.
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La no asignación en el presupuesto 2026, sumado a la interrupción de todas la inversión pública que se implementó desde diciembre 23, no solo suspendió obras viales, también otras en las que entran estas instituciones para reclusión de la niñez. Quiere decir que la ley nueva choca con una realidad existente en todo el país que muestra la falta de establecimientos, tanto en términos edilicios, como de recursos humanos, y por ende programas especiales con las condiciones para la socialización y reconversión de la niñez que comerte delitos.
A esto se suma también la mejora y facilitación del acceso a armas por parte de la población, especialmente niños y adolescentes, el crecimiento exponencial del narcotráfico y el “uso” de niños, adolescentes y mujeres para la distribución y mercadeo de drogas, junto a la pobreza y la falta de empleos y posibilidades de acceso económico de niños, jóvenes y mujeres a trabajo, y por ende a ingresos económicos. Todo esto genera un combo que no facilita la implementación de la nueva ley y que puede resultar un boomerang en contra de niños y adolescentes que salen de estas reclusiones como expertos en delinquir.
Lamentablemente la ignorancia de la ley aun vigente, o sea la anterior, que se cree, impide castigar a los menores que delinquen; algo que no es cierto. Esa ignorancia generalizada carece de este criterio de reconversión y socialización de la nueva ley. Se oye que es posible implementarla porque se adecuaron uno o dos, principalmente el edificio, pero sin el personal capacitado y sin presupuesto suficiente para funcionar.
Se debe reconocer que sin esta estructura edilicia y funcional, y ese cambio de lógica en la reclusión, no se eliminará la delincuencia infantil. No se puede esperar a tener toda esa estructura, pero por lo menos algunas más. El PEN a nivel nacional ni provincial no hizo en este semestre lo que debía y recién empezará a hacerlo en el 2027, si todo lo permite. No pueden existir leyes adecuadas sin presupuesto y claridad de que cambio se necesita. Esto es mucho más que disminuir la edad de imputabilidad y ampliar la penalización.