
El planteo fue realizado por el Dr. Ricardo Sosa en Sudamericana al analizar la sentencia N° 218, dictada el 29 de septiembre de 2026. Según señaló, el Superior Tribunal utilizó los casos “Egea”, “Salgado” y “Cuatrín” para fundamentar una decisión sobre el plazo razonable, pero ninguno contendría la doctrina que se les atribuye.
El Dr. Ricardo Sosa, abogado correntino, cuestionó la fundamentación de la sentencia N° 218 del Superior Tribunal de Justicia, dictada el 29 de septiembre de 2026, por considerar que citó de manera incorrecta tres precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para rechazar un recurso de casación presentado por una defensa. El planteo señala que los fallos “Egea”, “Salgado” y “Cuatrín” no contienen la doctrina sobre el plazo razonable que el STJ les atribuyó.
En la resolución, el voto del juez Chain sostiene que la Corte Suprema estableció que la garantía del plazo razonable no puede interpretarse de manera que genere impunidad en delitos graves y cita como respaldo los precedentes mencionados.
Sin embargo, el abogado que analizó el fallo señaló que existen errores en la identificación de esas causas. Indicó que Fallos 332:1512 corresponde a “Salgado” y no a “Egea”, mientras que “Egea” es Fallos 327:4815. También sostuvo que Fallos 331:600 corresponde a “Cuatrín” y no a “Salgado”.
El cuestionamiento principal, de todos modos, apunta al contenido de las citas. Según el planteo, ninguno de esos tres fallos de la Corte contiene las expresiones que el STJ utilizó para fundamentar su decisión.
“El foco de la cuestión es que dentro de la sentencia se le adjudican cosas a la Corte que no las dijo”, afirmó Sosa.
Sosa también planteó que el fallo podría haber sido elaborado con asistencia de inteligencia artificial, aunque aclaró que se trata de una interpretación a partir de su contenido y no de un hecho confirmado. “Lo que se entiende, si vos lees el fallo, es que se utilizó inteligencia artificial”, sostuvo.
El abogado explicó que estas herramientas pueden proporcionar información incorrecta si no se verifican las fuentes: “Los datos que proporciona, algunos no son acertados, algunos son falsos”.
Piden revisar la resolución
Sosa sostuvo que los tribunales deben corregir sus decisiones cuando advierten errores. “Los jueces, los tribunales, tienen que advertir sus errores de ser posible y enmendarlos”, afirmó.
En ese sentido, consideró que el fallo cuestionado debería ser revisado y anticipó que, si llega a una instancia superior, la Corte Suprema podría pronunciarse sobre la cuestión. “Yo entiendo que se debe dar marcha atrás con este fallo. De lo contrario, es evidente que la Corte va a revisar”, sostuvo.
Datos de contacto del Dr. Ricardo Sosa
Dirección: Las Heras 2149, Corrientes.