
Lucía Burundarena, directora del Observatorio de la Discapacidad del Poder Judicial de CABA, analiza cómo las decisiones presupuestarias impactan en las pensiones, las prestaciones y la vida cotidiana de las personas con discapacidad. Advierte sobre desigualdades territoriales.
Lucía Burundarena, directora del Observatorio de la Discapacidad del Poder Judicial de CABA, analiza cómo las decisiones presupuestarias impactan en las pensiones, las prestaciones y la vida cotidiana de las personas con discapacidad. Advierte sobre desigualdades territoriales.
El Presupuesto Nacional no es solamente una planilla de ingresos y gastos. Detrás de cada partida, de cada actualización y de cada recorte hay consecuencias concretas para la vida cotidiana de las personas. En materia de discapacidad, esas decisiones pueden determinar si una pensión alcanza para sostener un hogar, si una terapia continúa sin interrupciones, si un prestador puede mantener sus servicios o si una familia debe recurrir a la Justicia para acceder a una cobertura que ya está reconocida por ley.
Para comprender esa relación entre los recursos públicos y el ejercicio efectivo de los derechos, diario época entrevistó a Lucía Burundarena, directora del Observatorio de la Discapacidad del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 2010.
Burundarena es licenciada en Relaciones del Trabajo por la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES), título obtenido en 2005; especialista en Discapacidad por la Universidad de Buenos Aires (UBA), desde 2013; y cursante, desde 2025, de la Maestría en Política y Gestión de la Discapacidad. Es docente universitaria de grado y posgrado en la UCA, la UBA y la USAL, y coordinadora de la Diplomatura en Discapacidad y Derechos del Centro de Formación Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la CABA desde 2024.
Desde esa trayectoria académica y profesional, Burundarena propone una lectura que va más allá de las cifras generales. Para evaluar si las políticas presupuestarias protegen o deterioran derechos, sostiene, es necesario observar cuánto valen realmente los recursos asignados, a cuántas personas alcanzan, qué servicios se prestan y si los fondos llegan a destino en tiempo y forma. También, advierte sobre las consecuencias de las auditorías, la situación económica de los prestadores, las diferencias entre Buenos Aires y el interior del país y la necesidad de que el Estado publique información accesible para que la sociedad pueda controlar sus decisiones.
En esta entrevista en profundidad, explica los principales aspectos de una discusión que suele presentarse en términos técnicos, pero que atraviesa la economía familiar, la salud, la educación, la rehabilitación y la autonomía de miles de personas.
Grandes cifras que dicen poco
¿Qué indicadores permiten determinar si un presupuesto para discapacidad representa una ampliación, un sostenimiento o un deterioro de derechos?
Las grandes cifras, por sí solas, dicen muy poco. Para saber si un presupuesto amplía, sostiene o deteriora derechos hay que compararlo contra tres referencias: la inflación, la cantidad de personas alcanzadas y lo que efectivamente se ejecuta. Un programa puede crecer en pesos y, aun así, perder en términos reales; y un monto total puede parecer estable mientras el padrón se achica y cada persona queda con menos cobertura.
En el Presupuesto 2026, por ejemplo, el proyecto preveía reducir las pensiones de 1.133.549 a 977.943.
Por eso, los números que debería mirar un ciudadano son el monto real por beneficiario, la diferencia entre lo asignado y lo efectivamente devengado y pagado, y la evolución de cada programa por separado. Hoy esto es especialmente claro: según el Presupuesto 2027, el programa de pensiones sube 50,9% en pesos corrientes, a $6,09 billones, mientras que, según un análisis de ACIJ, Incluir Salud tendría una reducción real del 13,9% respecto de 2026 y del 19% respecto de 2023. Mirar solo uno de los dos programas lleva a conclusiones opuestas.
A eso se suman indicadores de acceso: altas y bajas del padrón, tiempos de otorgamiento, plazos de pago a prestadores y cobertura efectiva de medicamentos e insumos. En definitiva, la pregunta práctica es cuánto cobra hoy una persona, qué le cubre su cobertura de salud y cuánto tarda en acceder a lo que le corresponde.
Del derecho escrito a ejercerlo
¿Cuál es la distancia entre un derecho reconocido por ley y un derecho que puede ejercerse efectivamente cuando los recursos son insuficientes?
Para que un derecho sea efectivamente exigible hacen falta tres cosas: una norma que lo reconozca, un presupuesto que lo financie y una administración que pague en tiempo y forma. Si falla alguna, el derecho existe en el papel, pero no en la vida cotidiana de la persona.
La Ley 27.793 es un buen ejemplo. Declara la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año más. El Congreso insistió con su sanción por mayoría especial, pero el Ejecutivo la promulgó sosteniendo que el Congreso omitió indicar de manera fehaciente cómo se financiarían las erogaciones que la ley supone. Más de un año después, el principal incumplimiento a nivel nacional estaría en las compensaciones de emergencia a los prestadores, y los plazos de pago pueden superar los 90 días.
En la práctica, esa brecha se traduce en demoras, trámites, desigualdad y judicialización: la persona termina teniendo que iniciar un amparo para obtener algo que la ley ya le reconoce. Un derecho que solo se cumple si se litiga es, en los hechos, un derecho para quien tiene acceso a la justicia.
Además, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad impone el principio de progresividad: el Estado puede tener límites de recursos, pero no puede retroceder sin justificación sólida ni afectar el núcleo esencial del derecho.
Pensiones: cuando afecta a la familia
¿Qué impacto social puede tener una reducción del padrón de pensiones cuando la pensión sostiene a todo un grupo familiar?
Auditar es legítimo y necesario; ningún sistema de protección social puede prescindir del control. El problema está en cómo se audita y qué consecuencias tiene un error. En muchos hogares, la pensión es el único ingreso estable, y con ella se pagan medicación, traslados, terapias y apoyos que la cobertura no alcanza a cubrir. Una baja errónea o una suspensión sin aviso previo no es un mero trámite administrativo: puede interrumpir un tratamiento, endeudar a la familia o forzar a un cuidador a dejar su trabajo.
Por eso, las garantías de procedimiento son parte del derecho y no un detalle formal: notificación fehaciente y fundada, posibilidad real de defensa y de recurrir, criterios objetivos y públicos, y mecanismos ágiles para revertir los errores con reconocimiento retroactivo de lo no cobrado. Además, las auditorías deberían respetar el modelo social de la discapacidad, que no se agota en criterios médicos o patrimoniales rígidos.
El Estado debería informar cuántas bajas respondieron a irregularidades comprobadas, cuántas a faltas de documentación o de notificación, y cuántas fueron luego revertidas.
Prestaciones y prestadores
¿Qué está ocurriendo con el sistema de prestaciones y sus prestadores? ¿Qué consecuencias aparecen primero?
Desde 2023, debido a la inflación y a la falta de actualización del nomenclador en 2024, el costo de las prestaciones de las personas con discapacidad quedó muy atrasado, lo que provocó que el monto que se recibe no llegue a cubrir las necesidades básicas de cada prestador.
Cuando el arancel queda por debajo del costo real, el ajuste suele seguir un orden bastante previsible. Primero se deteriora la intensidad y la calidad del servicio: menos horas por paciente, grupos más numerosos, menos insumos. Después cae la dotación profesional, porque los salarios no compiten y los terapeutas, docentes y acompañantes migran a otros sectores.
Muchos profesionales prefieren salir del esquema que propone el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, y así cada persona, de acuerdo con sus recursos, pueda o no acceder a una prestación.
El cierre es lo último que se ve, pero el deterioro empieza mucho antes, razón por la cual la actualización de aranceles no es un tema "de los prestadores", sino de continuidad de terapias y acceso a derechos.
La desigualdad territorial
¿Qué diferencias puede producir este escenario entre una persona que vive en CABA y otra en una provincia como Corrientes? ¿Contempla el presupuesto nacional esa desigualdad?
La desigualdad territorial es estructural, y un presupuesto que no la corrige tiende a ampliarla. En la Ciudad de Buenos Aires hay mayor densidad de prestadores, especialistas y transporte. En una provincia como Corrientes, y más aún en zonas alejadas de las capitales, una persona puede tener que recorrer grandes distancias para acceder a una rehabilitación especializada, a una evaluación o a una cirugía. Esos traslados, el alojamiento y los días de trabajo perdidos del cuidador son costos reales que ningún arancel contempla.
Además, un esquema de aranceles más fragmentado agrava el problema: donde hay pocos prestadores y poca capacidad de negociación, el prestador acepta lo que ofrece el financiador o directamente no se instala. Un nomenclador único funciona, entre otras cosas, como un piso de protección para las zonas con menos oferta.
En cuanto a si el presupuesto nacional contempla esa desigualdad, mi lectura es que no lo hace de manera explícita ni suficiente: no se advierten criterios de ajuste por distancia, ruralidad o escasez de oferta, ni un fondo específico de compensación territorial. Es una apreciación general que conviene contrastar con los anexos del presupuesto.
Qué debe mirar la sociedad
¿Qué debería observar la sociedad en los próximos meses y qué información debería publicar el Estado?
Para evaluar el impacto real de las decisiones presupuestarias, la sociedad debería seguir varios indicadores a la vez, porque ninguno alcanza por sí solo. Entre ellos están la evolución del padrón de pensiones -altas, bajas, suspensiones y reversiones-, el valor real de la pensión frente a la inflación y a la canasta de un hogar con discapacidad, el funcionamiento de Incluir Salud, los plazos de pago a prestadores, la brecha entre aranceles y costos, las listas de espera, la continuidad de los tratamientos y la cantidad de amparos presentados, que funciona como termómetro del incumplimiento.
En materia de transparencia, debería publicar con periodicidad regular y en formatos abiertos la ejecución presupuestaria por programa, el padrón de pensiones con altas, bajas y sus causales -desagregado por provincia-, la metodología y los resultados de las auditorías, los aranceles vigentes y sus fechas de actualización, la deuda con prestadores, y los tiempos de otorgamiento y de pago.
Hay un dato alentador: el dictamen que se discute en el Congreso para prorrogar la emergencia hasta fines de 2027 fija la publicación periódica en formatos abiertos de datos sobre ejecución presupuestaria, aranceles y pensiones otorgadas, y establece que los fondos no podrán ser inferiores en términos reales al ejercicio anterior. Si se aprueba, sería un piso mínimo de transparencia para el seguimiento ciudadano.
La discusión presupuestaria
Las explicaciones de Burundarena permiten comprender por qué el Presupuesto destinado a discapacidad no puede evaluarse únicamente por el volumen de dinero anunciado. La cantidad de beneficiarios, el valor real de las prestaciones, los tiempos administrativos, la continuidad de los tratamientos y las diferencias entre territorios son piezas de una misma discusión: la posibilidad de que los derechos reconocidos se traduzcan en respuestas concretas para las personas y sus familias.