
Durante la ronda de alegatos finales, la defensa de la psiquiatra responsabilizó a la empresa de medicina prepaga por la internación domiciliaria.
Durante la ronda de alegatos finales, la defensa de la psiquiatra responsabilizó a la empresa de medicina prepaga por la internación domiciliaria.
En una nueva e intensa jornada correspondiente al juicio oral y público donde se investigan las presuntas responsabilidades médicas y profesionales en torno al fallecimiento de Diego Armando Maradona, las defensas técnicas de los principales profesionales de la salud imputados expusieron sus alegatos finales ante el Tribunal Oral en lo Criminal. Durante su alocución ante los magistrados, el abogado Vadim Mischanchuk, representante legal de la psiquiatra Agustina Cosachov, enfatizó de manera categórica que su asistida jamás eludió ni eludió sus responsabilidades médicas durante el tratamiento del exfutbolista, expresando gráficamente que "Cosachov nunca pateó la pelota afuera". Asimismo, en el marco de una extensa y detallada exposición que repasó la prueba documental y testimonial ventilada a lo largo de las audiencias, la defensa enfocó de manera directa sus cuestionamientos operativos y logísticos hacia la empresa de medicina prepaga y la prestadora encargada de coordinar la internación domiciliaria en la vivienda del barrio privado San Andrés, en la localidad bonaerense de Tigre.
En ese sentido, el letrado sostuvo ante los jueces que las responsabilidades en cuanto al equipamiento técnico, la disposición de enfermeros de manera permanente y la estructura médica adecuada para abordar el complejo cuadro de salud de la estrella deportiva correspondían de manera directa a la organización prestadora de salud y no a la profesional de la salud mental en forma individual. A lo largo del alegato, Mischanchuk remarcó que Cosachov actuó estrictamente dentro del marco de sus competencias específicas ligadas a la prescripción de psicofármacos y al seguimiento psiquiátrico, indicando que las alertas y recomendaciones expresadas por la profesional no fueron debidamente articuladas por el esquema asistencial contratado para tal fin. La exposición de la defensa técnica apuntó a desarmar la acusación formulada por los fiscales y los querellantes, en la cual se le atribuye a la psiquiatra, al neurocirujano Leopoldo Luque y al resto del equipo médico una presunta participación en el delito de homicidio con dolo eventual.
Paralelamente, durante la misma jornada judicial se escucharon las intervenciones de otros letrados defensores, entre ellos el abogado Diego Olmedo, representante del psicólogo Carlos Díaz, quien en su turno de alegatos manifestó ante el tribunal que a su cliente jamás se le representó la posibilidad concreta del desenlace fatal ni la ocurrencia de la muerte de Maradona. En su argumentación, Olmedo citó de manera minuciosa diversas conversaciones de mensajería instantánea mantenidas entre los profesionales de la salud y las hijas del exfutbolista, buscando demostrar que las decisiones adoptadas durante la internación en Tigre contaban con la supervisión de la familia y que el equipo confiaba plenamente en los reportes de evolución diaria que emitía el personal de enfermería en el lugar.
La causa por el deceso de Diego Armando Maradona, ocurrido el 25 de noviembre de 2020 a causa de un edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada, ingresa así en su tramo definitorio. El proceso judicial mantiene en el centro del debate la validez de las pericias médicas oficiales, las omisiones en el cuidado del paciente y la demarcación precisa de las responsabilidades profesionales entre los médicos tratantes, los coordinadores de la internación domiciliaria y las empresas prestadoras del servicio de salud. Tras la finalización de los alegatos de todas las partes involucradas, el tribunal se encamina a fijar la fecha de las últimas palabras de los acusados previo al dictado de la sentencia.
Tapa del Miércoles 21 de Octubre de 2026