
En el fondo una reforma de Banco Central se juega en una pregunta central: ¿quién manda ahí quién lo designa y quién lo remueve? La respuesta dice más sobre la independencia real de una institución que cualquier artículo sobre sus objetivos.
En el fondo una reforma de Banco Central se juega en una pregunta central: ¿quién manda ahí quién lo designa y quién lo remueve? La respuesta dice más sobre la independencia real de una institución que cualquier artículo sobre sus objetivos. Y en ese examen el proyecto que impulsa el Gobierno para reformar la Carta Orgánica del BCRA aprueba pero raspando.Vale reconocerle un mérito: seguramente no le ha sido fácil al presidente Javier Milei aceptar la exigencia del FMI de fortalecer a la institución que antes pretendía dinamitar y al peso argentino que hasta hace poco tildaba de excremento. Una vez más la realpolitik se impone sobre la ideología. La inevitabilidad del teorema de Baglini.El espíritu de la propuesta es claro. Establece como misión primaria y fundamental del BCRA “preservar el valor de la moneda” (inflación baja y estable) y para lograrlo habilita a que la política monetaria se maneje con independencia de las demandas del Poder Ejecutivo. Esa independencia se lograría centralmente a través de dos mecanismos. Uno sería prohibiendo al directorio del BCRA asistir financieramente al Tesoro. El otro blindando políticamente al directorio del Poder Ejecutivo exigiendo para su destitución la aprobación previa del Congreso mediante una mayoría especial de las dos terceras partes de ambas Cámaras.Simpatizamos con la orientación de la propuesta pero encontramos una serie de problemas que sugerimos corregir. El primero tiene que ver con el mandato del BCRA. Para cumplir con sus objetivos los bancos centrales emplean las políticas monetaria cambiaria y de regulación financiera. La política monetaria administra la liquidez de la economía —vía base monetaria encajes o tasa de interés— para cumplir el mandato convencional de estabilidad de precios. Pero el manejo de la liquidez también incide en el nivel de actividad y el empleo. Por eso algunos bancos centrales como la Reserva Federal de los Estados Unidos persiguen objetivos múltiples de inflación y empleo. La administración de la liquidez también es central para el funcionamiento del sistema financiero y de pagos. De hecho el origen histórico de la banca central fue proveer liquidez de última instancia frente a crisis sistémicas. La estabilidad financiera es desde el origen un objetivo ineludible de todo banco central.En economías emergentes como la nuestra la estabilidad financiera está atada a la del mercado cambiario. Está ampliamente documentado que saltos bruscos del tipo de cambio dañan los balances de bancos empresas familias y Estados endeudados en moneda extranjera generando crisis financieras y de deuda con costos duraderos. Por eso la política cambiaria —típicamente vía flotación administrada— contribuye a la estabilidad financiera evitando esos saltos y el daño patrimonial que provocan.La política cambiaria también influye sobre la estabilidad de precios algo que el proyecto no captura. Parte de la lógica oficial es correcta: no hay estabilidad de precios si se emite para financiar al fisco. Pero cortar la emisión no alcanza. La inflación depende de la oferta y la demanda de dinero. En un país bimonetario como Argentina la demanda de dinero es muy volátil: ante la incertidumbre el sector privado corre de pesos a dólares. Si el Banco Central no los acomoda ofreciendo dólares esos cambios de portafolio terminan presionando el tipo de cambio y de ahí la inflación. Por eso para sostener la estabilidad de precios además de eliminar el financiamiento monetario al fisco el BCRA necesita acumular un stock adecuado de reservas para atajar movimientos de la demanda de dinero.Todos estos motivos nos llevan a pensar que la nueva Carta Orgánica debería fijar como misión primaria del BCRA no solo “preservar el valor de la moneda” sino también procurar “el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”. No es una heterodoxia; es el mismo mandato que rige al Banco Central de Chile la institución más respetada de la región. Para eso hace falta preservar el inciso q del artículo 14 de la carta vigente —que el proyecto oficial elimina— que le permite al directorio fijar un nivel adecuado de reservas internacionales. Sin esa atribución la estabilidad financiera y de precios queda vulnerable a cambios de humor de los tenedores de pesos.Entendemos también la razón de exigir la aprobación del Congreso con mayoría especial de ambas Cámaras para remover a miembros del directorio. Este requisito incluido en el proyecto de la nueva carta haría más difícil que un gobierno destituya a las autoridades del BCRA por motivos políticos. Sin embargo tan o más importante para la independencia política del directorio son los mecanismos de designación. El proyecto mantiene inalterada la posibilidad de designar en comisión al presidente y directores de la institución vía decreto. Gracias a este mecanismo las autoridades del BCRA son designadas a discreción del Poder Ejecutivo sin el acuerdo del Senado (que es lo que se requiere para la designación estable) y permanecen en sus cargos a tiro de decreto. Lo habitual en Argentina ha sido que el Presidente de la Nación designe al directorio del BCRA y que éste termine con el mandato del Poder Ejecutivo si es que una crisis no se lo lleva puesto antes.Para que el directorio del BCRA sea verdaderamente independiente del poder político se debe modificar el mecanismo de designación de las autoridades. El sistema actual que subsistiría con la carta orgánica que promueve el Gobierno le confiere una enorme discrecionalidad al Poder Ejecutivo eludiendo el acuerdo del Poder Legislativo. Sería necesario modificar el artículo 7 de la carta orgánica limitando a un tiempo acotado el período por el cual el directorio puede estar en comisión. Podría fijarse que el Poder Ejecutivo nombrara en comisión a miembros del directorio por un tiempo prudencial hasta que se logre el acuerdo del Senado. Vencido ese plazo sería el Senado con mayoría simple quien designara en comisión por tiempo indeterminado al directorio. Este mecanismo u otro semejante reduciría el incentivo del Poder Ejecutivo a dilatar la negociación con el Senado para acordar las designaciones y favorecería una verdadera independencia del BCRA.Con estos cambios el Banco Central dejaría de depender del humor del presidente de turno para depender de la ley. No es poco pero tampoco hay que exagerar: es una ley no la Constitución. A diferencia de los jueces de la Corte Suprema cuya estabilidad está blindada en la Carta Magna la independencia del BCRA vive del lado más frágil del derecho: una mayoría legislativa la puede voltear. En definitiva la verdadera independencia depende de que los poderes del Estado acuerden la designación de un directorio y se comprometan a mantenerlo durante el mandato legalmente establecido.